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Una revisión del impuesto de inmueble en países de América Latina y el Caribe, y algunas ciudades de los Estados Unidos, arrojó que Panamá mantenía el impuesto de inmueble más alto del continente.

La aprobación del Proyecto de Ley en la Asamblea Legislativa el pasado 18 de septiembre se obtuvo tras el conceso de diferentes sectores de la sociedad y constituye un importante logro que  establece un mayor equilibrio fiscal, lo que beneficia a la mayoría de los propietarios y debe incentivar a todos a cumplir con el pago anual de dicho  impuesto, cuya nueva tarifa comenzará a regir a partir del 2019.

Habrá dos tablas que determinarán el nivel de exoneración y las tarifas que se aplicarán a las propiedades. Si se trata de un bien inmueble que es Patrimonio Familiar Tributario o la vivienda principal de una familia, una pareja o una persona que vive sola y que se registre como tal, el bien estará exonerado por los primeros $120,000.00

La tabla que aplica en estos casos es la siguiente:

Valor (Dólar Americano) Tarifa
0 – 120,000 exonerado
 120,001 – 700,000 0.5%
Excedente sobre 700,000 0.7%

 

A las segundas propiedades, así como las comerciales e industriales, terrenos y otros, se le aplicará esta otra tabla:

Valor (Dólar Americano) Tarifa
0 – 30,000 Exonerada
30,001 – 250,000 0.6%
250,001 – 500,00 0.8%
Excedente sobre 500,001 1%

 

Ha iniciado un período moratorio fiscal hasta el 31 de diciembre de 2017 donde los contribuyentes que se acojan a ella podrán pagar sus saldos pendientes sin recargos, multas ni intereses. El contribuyente deberá haber registrado el valor que mantiene su propiedad en la ANATI. Esta solicitud puede presentarse apoyado con el servicio de LM Panamá Properties,  si aún no ha solicitado dicho registro.

¡Aprovechemos esta coyuntura fiscal!

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